Impuesto sobre la renta de las personas físicas
Todo empleador obligado a deducir y retener el impuesto deberá presentar una declaración de retención de impuestos según lo prescrito y pagar a la División de Ingresos o a su depositario el impuesto que debe deducirse y retenerse. Las declaraciones y los pagos deben realizarse trimestralmente, mensualmente o cada ocho meses, según el método de presentación definido por la ley. El método de presentación se determina utilizando un «período de retrospección» entre el 1 de julio y el 30 de junio inmediatamente anterior al año natural para el que se determina el período de retrospección. El periodo de referencia para la retención del año natural 2000 será el periodo comprendido entre el 1 de julio de 1998 y el 30 de junio de 1999. La División de Ingresos determinará anualmente el importe del impuesto declarado durante el respectivo período de retrospección y enviará por correo a los agentes de retención los comprobantes adecuados para remitir las cantidades retenidas. A continuación se indican los métodos de retención y los umbrales:
Un empleador es cualquier persona u organización para la que un individuo realiza cualquier servicio como empleado. Incluye a cualquier persona u organización que pague un salario a un antiguo empleado después de la terminación de su empleo.
Impuesto sobre las nóminas
Nuevo México basa su impuesto de retención en una estimación de la responsabilidad del impuesto sobre la renta del empleado. El Estado acredita los impuestos retenidos contra la responsabilidad del impuesto sobre la renta real del empleado en la declaración del impuesto sobre la renta personal de Nuevo México. La retención de impuestos del Estado es como la retención de impuestos federal.
Un empleador que retiene una parte del salario de un empleado para el pago del impuesto federal sobre la renta debe retener el impuesto estatal sobre la renta. Esto incluye a los empleadores de algunos trabajadores agrícolas. Existe una excepción limitada para ciertos empleados no residentes.
También están exentos de la retención de impuestos los ingresos obtenidos en su totalidad por un miembro nativo americano de una nación, tribu o pueblo indio reconocido a nivel federal en Nuevo México en las tierras de la nación, tribu o pueblo donde esté inscrito y viva.
«Empleador» se define en la Sección 7-3-3 NMSA 1978. En general, «empleador» significa una persona que hace negocios en el estado o que obtiene ingresos de fuentes estatales y que paga salarios a un empleado por servicios prestados.
«Empleado» se define en el artículo 7-3-3 NMSA 1978. En general, «empleado» significa un residente de Nuevo México que presta servicios dentro o fuera del estado para un empleador. También incluye a los no residentes que prestan servicios dentro del estado para un empleador.
Impuesto sobre el empleo
A lo largo de los años, el término «impuesto sobre las nóminas» se ha convertido en sinónimo de todo lo que son los impuestos sobre un recibo de sueldo. En realidad, sin embargo, los impuestos sobre las nóminas son diferentes de los impuestos sobre la renta y tienen un propósito distinto para el bienestar público. Con una cuidadosa atención al cumplimiento, los empleadores pueden ayudar a cumplir este beneficio social y evitar sanciones significativas.
Un impuesto sobre la nómina es un impuesto recaudado por los gobiernos federales, estatales o locales para ayudar a financiar programas públicos. Normalmente se paga a través de las contribuciones directas de los empresarios, así como de las deducciones de los salarios de los empleados, de ahí el nombre de impuesto sobre la nómina.
Algunos ejemplos de impuestos sobre la nómina son Medicare, que proporciona cobertura sanitaria a los adultos mayores de 65 años, y la Seguridad Social, que proporciona ingresos por jubilación a los adultos mayores de 62 años, así como a determinadas personas discapacitadas y a ciertos supervivientes de los contribuyentes.
Los impuestos sobre la nómina tienen tipos fijos y se envían directamente al programa al que están destinados, por ejemplo, Medicare, la Seguridad Social, etc. Los impuestos sobre la renta, en cambio, tienen tipos progresivos que varían en función de los ingresos totales y se destinan al Departamento del Tesoro de EE.UU., donde pueden utilizarse para financiar diversas iniciativas gubernamentales. Además, algunos impuestos sobre las nóminas tienen un límite de base salarial, tras el cual el impuesto deja de deducirse del salario del empleado durante el resto del año. Los impuestos sobre la renta no tienen ese límite.
Comentarios
Los empleadores pueden utilizar un puente computacional opcional para tratar los Formularios W-4 de 2019 o anteriores como si fueran Formularios W-4 de 2020 o posteriores a efectos de calcular la retención del impuesto sobre la renta federal. Consulte Cómo tratar los Formularios W-4 de 2019 y anteriores como si fueran Formularios W-4 de 2020 o posteriores, más adelante, para obtener más información.
Aunque esta publicación puede utilizarse en determinadas situaciones para calcular la retención del impuesto federal sobre la renta sobre los salarios complementarios, los métodos de retención descritos en esta publicación no pueden utilizarse si se aplica la retención obligatoria a tanto alzado del 37% o si se utiliza la retención opcional a tanto alzado del 22% para calcular la retención del impuesto federal sobre la renta. Para obtener más información sobre la retención sobre los salarios complementarios, consulte el apartado 7 de la Pub. 15.
Aunque esta publicación se utiliza para calcular la retención del impuesto sobre la renta federal sobre los pagos periódicos de pensiones y rentas vitalicias, los métodos de retención descritos en esta publicación no pueden utilizarse para calcular la retención sobre los pagos no periódicos o la retención sobre las distribuciones de reinversión elegibles. Los pagos periódicos son los que se realizan en cuotas a intervalos regulares durante un período de más de un año. Pueden pagarse anualmente, trimestralmente, mensualmente, etc. Para obtener más información sobre las retenciones sobre pensiones y rentas vitalicias, consulte el apartado 8 de la Pub. 15-A.